¿Por qué deberías preocuparte?

Las empresas deben preocuparse por sus empleados por varias razones importantes:

Productividad: El bienestar de los empleados es un factor clave para determinar la eficacia a largo plazo de una organización11. Un empleado feliz y saludable es más probable que sea productivo1[1]22.
Satisfacción laboral: Un buen ambiente de trabajo puede mejorar la satisfacción laboral, lo que a su vez puede llevar a una mayor retención de empleados1[1]22.
Imagen corporativa: Las empresas que priorizan el bienestar de sus empleados pueden mejorar su imagen corporativa22. Esto puede hacer que la empresa sea más atractiva para los posibles empleados y clientes22.
Retención de talento: Las empresas que se preocupan por el bienestar de sus empleados tienen más probabilidades de retener a los mejores talentos22. Los empleados que se sienten valorados y cuidados son menos propensos a buscar oportunidades en otros lugares22.
Cultura organizacional: El bienestar de los empleados puede fortalecer la cultura organizacional22. Una cultura organizacional fuerte puede mejorar la moral de los empleados y fomentar un sentido de pertenencia22.
En resumen, el bienestar de los empleados puede tener un impacto significativo en la productividad, la satisfacción laboral, la imagen corporativa, la retención de talento y la cultura organizacional. Por lo tanto, es en el mejor interés de las empresas preocuparse por el bienestar de sus empleados1[1]22. 😊

¿Cuáles son las multas por no cumplir?

Las multas por no cumplir con la NOM 035 en México se calculan en base a la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor diario al 2024 es de $108.5711. Aquí te dejo un desglose de las posibles multas11:

Identificar y analizar los puestos de trabajo con Riesgo psicosocial por la naturaleza de sus funciones o el tipo de jornada laboral: 50 a 100 UMAS ($5,428.5 a $10,857)11.
Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos o a actos de Violencia Laboral, y valorarlos clínicamente: 50 a 100 UMAS ($5,428.5 a $10,857)11.
Adoptar las medidas preventivas pertinentes para mitigar los Factores de Riesgo Psicosocial: 250 a 5000 UMAS ($27,142.5 a $542,850)11.
Practicar exámenes o evaluaciones clínicas al Personal Ocupacionalmente Expuesto a Factores de Riesgo Psicosocial, según se requiera: 50 a 3000 UMAS ($5,428.5 a $325,710)11.
Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los Factores de Riesgo Psicosocial: 250 a 5000 UMAS ($27,142.5 a $542,850)11.
Llevar los registros sobre las medidas preventivas adoptadas y los resultados de los exámenes o evaluaciones clínicas: 50 a 2000 UMAS ($5,428.5 a $217,140)11.
Las empresas que impidan las inspecciones federales podrían hacerse acreedoras de multas de hasta $422,45011. Además, el empleador deberá acudir a la STPS a presentar la información requerida, de lo contrario se presumirá que no cuenta con ella11.

Es importante mencionar que estas multas se aplican por cada infracción o trabajador afectado11. Por lo tanto, las multas por incumplimiento de la NOM 035 pueden llegar a ser de suma importancia11.

Espero que esta información te sea de ayuda. Si tienes más preguntas, no dudes en hacerlas. 😊

¿Qué es la Nom 035?

La NOM 035 es una Norma Oficial Mexicana que se encarga de identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial en el trabajo11. Esta norma también promueve un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo11.

La NOM 035 establece los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial11. Estos factores pueden ser situaciones que pueden causar trastornos de ansiedad, del sueño o de estrés grave11.

Esta norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo11. Sin embargo, las disposiciones de esta norma aplican de acuerdo con el número de trabajadores que laboran en el centro de trabajo11.

La NOM 035 entra en vigor en dos etapas11:

1ª. Etapa – 23 de octubre de 2019: La política; las medidas de prevención; la identificación de los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos, y la difusión de la información11.
2ª. Etapa – 23 de octubre de 2020: La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial; la evaluación del entorno organizacional; las medidas y acciones de control; la práctica de exámenes médicos, y los registros11.
Espero que esta información te sea de ayuda. Si tienes más preguntas, no dudes en hacerlas. 😊